DERECHOS HUMANOS EN CHILE: TAREAS AL DEBE
Por Leonardo Aravena
La situación de los Derechos Humanos, entre el trabajo de la “Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación” y el de la “Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura”, pasando por el de la “Mesa de Diálogo”, sumado al presente inmediato, deja un saldo en contra, en especial respecto a la ratificación, vigencia y cumplimiento de los Tratados Internacionales.
En democracia, Chile reconoció a fines de 1990 la competencia del “Comité de Derechos Humanos”, conforme al artículo 41 del “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” y ratificó su “Protocolo Facultativo” en agosto de 1992, posibilitando examinar casos específicos sobre tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en el marco del artículo 7º del “Pacto”.
Durante 1990, se retiraron las reservas con que se ratificó la “Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura”, de la OEA y, en junio de 2000, se suscribió el “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño”, relativo a la participación de menores en conflictos armados, ratificado en febrero de 2003.
Pero la “cuenta al debe” es importante. Pese a participar activamente en la redacción de la “Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas” y suscribirla en junio de 1996, Chile no lo ha ratificado, fracasando en su intento al faltar una diputada de la coalición de gobierno que no concurrió a votar sin dar explicación satisfactoria.
No se ha avanzado en la ratificación del “Estatuto de Roma”, de la Corte Penal Internacional (CPI), respecto del que existe evidente despreocupación del Ejecutivo, ya que, desde enero de 1999 sólo se ha logrado aprobar -en octubre de 2005-, el primer trámite de la reforma constitucional requerida, fecha desde la que la oposición ha impuesto su criterio negativo haciendo efectivos toda clase de obstáculos para impedir avanzar, sin que se vea en los partidarios una posición firme y decidida para lograr la ratificación.
La Moneda anunció en octubre, con la ceremonia habitual, el envío al Congreso del proyecto de reforma constitucional para el “Reconocimiento de los Pueblos Indígenas de Chile”, luego que en septiembre la Asamblea General de la ONU adoptara la “Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”, importante para los derechos, frecuentemente negados, de pueblos históricamente ignorados, atropellados y discriminados, situación que conocemos bien y que afecta a un millón de compatriotas.
Es de esperar que no todo quede en la ceremonia y se materialice la voluntad del Ejecutivo de concretar los trámites necesarios, poniendo orden para no volver al “papelón” de auto derrotarse, llevando de una vez a Chile a la CPI, hacer realidad la voluntad manifestada en favor de los “Pueblos Indígenas” y de la “Convención sobre Desaparición Forzada”.
Limitar la jurisdicción de los tribunales militares como ha sido señalado por la “Corte Interamericana” y, entre otras materias, buscar la aplicación de los “Convenios de Ginebra” por los tribunales superiores de justicia, llevando el asunto al Pleno de la Corte Suprema si fuere necesario, para evitar interpretaciones poco claras y lograr, por la misma vía o recurriendo al Tribunal Constitucional, el cese efectivo de la prisión por deudas en Chile, dispuesto por el “Pacto de San José de Costa Rica”, pero frecuentemente olvidado.
Por Leonardo Aravena. El autor es abogado y academico de la Universidad Central de Chile. Colaborador de Crónica Digital.
Santiago de Chile, 6 de diciembre 2007
Crónica Digital
La situación de los Derechos Humanos, entre el trabajo de la “Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación” y el de la “Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura”, pasando por el de la “Mesa de Diálogo”, sumado al presente inmediato, deja un saldo en contra, en especial respecto a la ratificación, vigencia y cumplimiento de los Tratados Internacionales.
En democracia, Chile reconoció a fines de 1990 la competencia del “Comité de Derechos Humanos”, conforme al artículo 41 del “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” y ratificó su “Protocolo Facultativo” en agosto de 1992, posibilitando examinar casos específicos sobre tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en el marco del artículo 7º del “Pacto”.
Durante 1990, se retiraron las reservas con que se ratificó la “Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura”, de la OEA y, en junio de 2000, se suscribió el “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño”, relativo a la participación de menores en conflictos armados, ratificado en febrero de 2003.
Pero la “cuenta al debe” es importante. Pese a participar activamente en la redacción de la “Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas” y suscribirla en junio de 1996, Chile no lo ha ratificado, fracasando en su intento al faltar una diputada de la coalición de gobierno que no concurrió a votar sin dar explicación satisfactoria.
No se ha avanzado en la ratificación del “Estatuto de Roma”, de la Corte Penal Internacional (CPI), respecto del que existe evidente despreocupación del Ejecutivo, ya que, desde enero de 1999 sólo se ha logrado aprobar -en octubre de 2005-, el primer trámite de la reforma constitucional requerida, fecha desde la que la oposición ha impuesto su criterio negativo haciendo efectivos toda clase de obstáculos para impedir avanzar, sin que se vea en los partidarios una posición firme y decidida para lograr la ratificación.
La Moneda anunció en octubre, con la ceremonia habitual, el envío al Congreso del proyecto de reforma constitucional para el “Reconocimiento de los Pueblos Indígenas de Chile”, luego que en septiembre la Asamblea General de la ONU adoptara la “Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”, importante para los derechos, frecuentemente negados, de pueblos históricamente ignorados, atropellados y discriminados, situación que conocemos bien y que afecta a un millón de compatriotas.
Es de esperar que no todo quede en la ceremonia y se materialice la voluntad del Ejecutivo de concretar los trámites necesarios, poniendo orden para no volver al “papelón” de auto derrotarse, llevando de una vez a Chile a la CPI, hacer realidad la voluntad manifestada en favor de los “Pueblos Indígenas” y de la “Convención sobre Desaparición Forzada”.
Limitar la jurisdicción de los tribunales militares como ha sido señalado por la “Corte Interamericana” y, entre otras materias, buscar la aplicación de los “Convenios de Ginebra” por los tribunales superiores de justicia, llevando el asunto al Pleno de la Corte Suprema si fuere necesario, para evitar interpretaciones poco claras y lograr, por la misma vía o recurriendo al Tribunal Constitucional, el cese efectivo de la prisión por deudas en Chile, dispuesto por el “Pacto de San José de Costa Rica”, pero frecuentemente olvidado.
Por Leonardo Aravena. El autor es abogado y academico de la Universidad Central de Chile. Colaborador de Crónica Digital.
Santiago de Chile, 6 de diciembre 2007
Crónica Digital
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