CARTA ABIERTA AL INADI Y AL PUEBLO ARGENTINO.
CARTA ABIERTA AL INADI Y AL PUEBLO ARGENTINO.
Para agregar tu firma, envía un correo a: cartaalinadi@gmail.com
Los abajo firmantes, ciudadanos de los más diversos orígenes, en particular de origen palestino y judío y, de distintas procedencias políticas o partidarias, firmemente consustanciados con el carácter universal de la lucha por la vigencia plena de los derechos humanos, nos dirigimos al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN (INADI), al conjunto del pueblo argentino y a la comunidad judía para expresar nuestra más honda preocupación ante el conocimiento que hemos tomado de un probable dictamen de ese organismo. Según trascendidos el mismo dispondría quecualquier actividad de denuncia, rechazo o confrontación contra el Estado de Israel, su política sionista, sus actos políticos y militares (que se materializan en gravísimas violaciones al derecho humanitario internacional) sería considerada un acto de discriminación “antisemita”.
La detención de un grupo de militantes, el 17 de mayo pasado, mientras denunciaban el acto en conmemoración de la creación del Estado de Israel organizado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y el agravamiento que, a sus cargos, ha pronunciado la Justicia Federal por aplicación de la Ley 23.952 que castiga la discriminación, reafirma nuestra preocupación.
AFIRMAMOS que, por DISCRIMINACIÓN se entienden “dar trato de inferioridad a persona o comunidad en razón de su pertenencia, religiosa, nacional, de género, social, ideológica o de cualquier tipo”, en general hechos de persecución o degradación de la dignidad humana en función de sus pertenencias: en el ápice del desvalor cuando el más fuerte comete actos violentos contra el débil, individual o colectivo. Todos los genocidios parten de actos, ideologías y políticas discriminatorias.
NO ES DISCRIMINACIÓN el acto de rechazo, repudio o confrontación de grupos agredidos o débiles, o solidarios con ellos, que se expresen y actúen contra la ejecución de formas de dominación, explotación o violencia de cualquier tipo que aumenten y propaguen las desigualdades e injusticias.
El Art. 3º de la Ley Antidiscriminatoria dispone: “Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.
La ley no castiga a quienes rechacen por medios legítimos las prácticas originadas en dicha “superioridad” u odio.
La política del Estado de Israel se viene manifestando con violencia inusitada contra el pueblo Palestino y otros de la región.
A la vez, desde hace décadas, militares israelíes vienen colaborando con gobiernos dictatoriales o represivos, aportando inteligencia militar, armamento y tecnología para apoyar esas políticas antidemocráticas y violatorias del derecho humanitario internacional contra diversos pueblos del mundo y de América Latina.
El carácter de “TERRORISMO DE ESTADO” de Israel ha sido debatido, probado y denunciado en diversos foros de la comunidad universal, gozando ya de amplio consenso.
Numerosos integrantes de la comunidad judía, a lo largo y ancho del mundo, han repudiado la política sionista y han desautorizado que sea la que represente su “judeidad”, identidad reivindicada por un significativo número de judíos históricamente comprometidos con la justicia social, la paz, la protección y promoción de los Derechos Humanos.
Es público y notorio que el terrorismo de estado en Argentina, vigente antes de 1983, multiplicó su violencia contra las víctimas de origen judío en sus prácticas genocidas y en el número de víctimas, superior a la proporción de la comunidad judía en relación a las restantes y ello nunca fue denunciado por el Estado de Israel.
También es universalmente conocida la asociación de grandes consorcios y corporaciones con el nazi - fascismo antes, durante y después de la Segunda Guerra Mundial, consorcios que en la actualidad mantienen una fluida relación con Israel.
Durante la violenta agresión al pueblo de Palestina entre diciembre y enero pasado, grandes demostraciones de solidaridad de nuestro pueblo y de repudio a la agresión sionista y colonialista del Estado de Israel congregaron a ciudadanos de diversos orígenes nacionales, religiosos, ideológicos y políticos, entre ellos militantes y adherentes de origen judío.
Esas demostraciones NO SÓLO NO INFRIGIERON LA LEY ANTIDISCRIMINATORIA SINO QUE EXIGIERON EN LOS HECHOS LA VIGENCIA PLENA DE SUS VALORES EN NUESTRO PAÍS Y EN TODAS LAS NACIONES DEL MUNDO CIVILIZADO, misión que debiera también impulsar el INADI.
Los pueblos del mundo precisan vivir en paz, fraternidad y colaboración. No ha sido la excepción los distintos pueblos árabes y judíos, tanto en Medio Oriente como en nuestro país. Se han caracterizado por una vida en común, por actividades compartidas y por una práctica solidaria y amistosa, entre ellos y con las restantes comunidades que componen la variedad de orígenes de los argentinos.
Jamás los firmantes hemos difundido ninguna agresión o discriminación contra persona o pueblo alguno por el origen nacional, religioso, social, económico o político, menos contra la comunidad o contra personas de origen judío, algunas de las cuales dirigen actualmente organizaciones solidarias con el pueblo Palestino. Más aún la trayectoria de los firmantes es prueba acabada que han sido, son y serán consecuentes en la lucha activa por la plena vigencia de los derechos humanos que incluye el rechazo a todo tipo de discriminación formal y material.
Nos parece IMPRESCINDIBLE QUE EL INADI ACLARE que debe condenarse cualquier tipo de discriminación, pero que la lucha por la vigencia plena de los derechos humanos es universal y que sus acciones, de modo alguno pueden considerarse discriminatorias cuando lo que se denuncia y rechaza son políticas de terrorismo de estado, explotación, injusticia social o violencia contra ciudadanos por su pertenencia a origen de cualquier tipo, personas indefensas ante las agresiones de individuos, comunidades, sectores sociales o estados poderosos.
Con independencia de la oportunidad, acierto o representatividad social y política - que no nos corresponde juzgar - toda expresión popular y democrática de lucha contra las políticas violentas del Estado de Israel y de quienes comparten su ideario sionista, racista y colonial, EN NINGÚN CASO PUEDE REPROCHARSE COMO ACTO DISCRIMINTARIO Y ANTISEMITA, sobre todo cuando ISRAEL igualmente agrede a personas de origen judío que no admiten acciones inmorales, antijurídicas e injustas, que se traducen en exterminio, persecución y colonización.
Por lo tanto reclamamos al INADI QUE ACLARE SI EXISTE DICHO DICTAMEN Y, EN SU CASO, SEA INMEDIATAMENTE MODIFICADO: ES LA APOLOGÍA DEL SIONISMO, UNA IDEOLOGÍA COLONIALISTA, RACISTA E INHUMANA, DE “APARTHEID” INSTITUCIONAL, LO QUE CONSTITUYE DISCRIMINACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY 23.952, que incluso podría constituir delito.
Ninguna conveniencia ni coyuntura política debe prevalecer sobre la imperiosa firmeza que, como política de Estado, merece la tutela de los derechos humanos, sin condiciones y sin atención al origen del agresor o de la víctima.
En la protección de la dignidad humana hay una sola raza a la que pertenecemos todos los habitantes del mundo, sin excepciones.
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