Caso "Bombas": El montaje se derrumba
El vuelco que tuvo este caso no fue gratuito. Luego de ser detenidos en medio de violentos allanamientos, los catorce jóvenes a los que se imputó la colocación de una treintena de bombas de ruido tuvieron que soportar más de ocho meses de “prisión preventiva” en las peores condiciones, bajo la Ley Antiterrorista. Como último recurso en demanda de un juicio justo, nueve de ellos sostuvieron una huelga de hambre de 65 días que puso en riesgo sus vidas. Recién entonces se empezó a dar crédito a lo que ellos, sus familiares, amigos y abogados defensores denunciaron desde un comienzo: la total falta de evidencias que sustentaran la acusación de asociación ilícita terrorista y manejo de artefactos explosivos, que llevó al ex fiscal Peña a pedir penas que van desde los diez años de cárcel hasta presidio perpetuo.
La constitución de una mesa de trabajo, una de las condiciones exigidas para poner fin a la huelga de hambre, fue fundamental para romper el cerco informativo. Desde su detención, el 14 de agosto de 2010, los jóvenes fueron acusados de terroristas no sólo por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, sino también por medios como El Mercurio , La Tercera , La Segunda y los canales de televisión.
La mesa de trabajo integrada por el sacerdote Alfonso Baeza Donoso, ex vicario de la Pastoral Social; por miembros de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, y por representantes del Instituto Nacional de Derechos Humanos y de los familiares y los abogados de los imputados, contribuyó a empezar a poner las cosas en su lugar. Con la franqueza que lo caracteriza, monseñor Baeza no tuvo pelos en la lengua para señalar que el ministro del Interior debía pedir perdón a los detenidos por haberlos calificado de terroristas sin haber sido juzgados. Acusó directamente al ex fiscal Peña de haber hecho un montaje y afirmó que la Ley Antiterrorista “permite irregularidades que son legales, pero que pueden ser inmorales”. Por su parte, los diputados Sergio Aguiló y Hugo Gutiérrez pidieron al fiscal nacional, Sabas Chahuán, que investigue la actuación de Alejandro Peña cuando estuvo al mando de la Fiscalía Metropolitana Sur, donde habría tenido “reuniones cotidianas y permanentes” con el ministro Rodrigo Hinzpeter. Asimismo, denunciaron la destrucción o desaparición de objetos presentados como pruebas por la Fiscalía. Además, junto a Tucapel Jiménez, Sergio Aguiló y a otros diputados presentaron proyectos para reformar la Ley Antiterrorista, una de las principales demandas de la huelga de hambre.
En poco más de una semana y en los primeros días de iniciarse las audiencias preparatorias del juicio oral, el juez Luis Avilés, del Octavo Juzgado de Garantía, desechó más de dos mil de las casi siete mil “pruebas” presentadas por la Fiscalía Metropolitana Sur y, a solicitud de las defensas, cambió la prisión preventiva por una medida cautelar, arresto domiciliario, a nueve imputados. Sorprendentemente, los primeros beneficiados con esta medida fueron Pablo Morales y Rodolfo Retamales, supuestos “cabecillas de la asociación ilícita terrorista”, para quienes el ex fiscal Peña pidió prisión perpetua. Luego volvieron a sus casas Vinicio Aguilera, Camilo Pérez, Carlos Riveros, Omar Hermosilla, Andrea Urzúa, Mónica Caballero, Francisco Solar y Felipe Guerra.
Según el abogado de derechos humanos Alberto Espinoza, defensor de Rodrigo Retamales, “el término de las prisiones preventivas da alguna esperanza de que esta situación pueda ir por buen camino en el orden judicial, y que luego de analizar en términos jurídicos serios el cúmulo de antecedentes presentados por el Ministerio Público se pueda establecer que aquí no hay asociación ilícita terrorista y tampoco actos terroristas que puedan imputarse a estas personas. Y espero que eso se vea refrendado en la sentencia. Yo no tengo dudas de que van a ser absueltos todos estos jóvenes, en función de los precarios antecedentes que tiene la investigación”.
Operación política
“Más que un montaje, ésta es una operación política tramada en las más altas esferas del poder”, denuncia Rodrigo Román, a cargo de la defensa de Omar Hermosilla. El es uno de los abogados de la Defensoría Popular, organismo no gubernamental que se creó hace más de un año y que en este caso asumió la defensa de nueve de los imputados.
“El Estado chileno tenía necesidad de dar respuesta a una situación anormal, como es la colocación de bombas que venía sucediendo desde el año 2006. El fiscal Xavier Armendáriz investigó durante cinco años sin que los antecedentes reunidos le permitieran acusar a nadie. Lo curioso es que en los primeros días de junio de 2010, inmediatamente después de que explotó una bomba en las cercanías de la casa de Sebastián Piñera, apareció el ministro del Interior declarando que había que apurar el tranco, que el Ministerio Público había hecho poco o nada. Hinzpeter se entrevistó con el fiscal nacional, Sabas Chahuán, ¡y el fiscal Armendáriz fue removido! El 14 de junio lo reemplazó Peña -quien ha ganado fama como avezado persecutor de bandas de traficantes- y en dos meses, basándose en los mismos antecedentes que tuvo Armendáriz, ordenó los allanamientos y formalizó a los detenidos en un tribunal donde él es regalón, el 11º Juzgado de Garantía, quedando todos los imputados presos”, explica Román, coincidiendo con la versión de quienes denuncian un montaje.
Después de una contienda de competencia, las defensas lograron que la Corte de Apelaciones de Santiago reconociera que el tribunal competente era el Octavo Juzgado de Garantía, donde actualmente está radicada la causa.
La mayor parte de los quince jóvenes detenidos están vinculados a sectores anarquistas antisistémicos asociados a las casas okupa. Tres de ellos, Pablo Morales, Rodolfo Retamales y Omar Hermosilla son ex militantes del Mapu Lautaro que estuvieron entre seis y casi doce años presos en la Cárcel de Alta Seguridad, en la década de los 90.
Alberto Espinoza hace notar que la imputación a Retamales como supuesto líder tiene por único fundamento su pasado. “Así lo dio a entender el ministro Hinzpeter, lo que es preocupante. Ellos ya fueron juzgados y no pueden ser objeto de un nuevo enjuiciamiento. Retamales fue condenado, pasó más de 11 años en la cárcel y estaba en libertad condicional cuando lo volvieron a detener”. A su juicio, el cambio radical que se produjo con la designación del fiscal Peña fue la repentina calificación jurídica de terrorismo, bajo las figuras de asociación ilícita terrorista y colocación de bombas terroristas. “Antes de eso, tanto el Ministerio del Interior como el Consejo de Defensa del Estado habían presentado querellas criminales por actos constitutivos de delito de daño”, explica el abogado.
Junto con reprobar la intromisión indebida del Poder Ejecutivo, Rodrigo Román señala que en este caso no existe la presunción de inocencia. “Se ha actuado sobre conceptos globales en relación con el derecho penal del enemigo. Aquí los cabros con capucha son el enemigo, son los terroristas”. Para este abogado de la Defensoría Popular el hecho que Peña haya formalizado su acusación el 4 de abril -pidiendo nada menos que dos cadenas perpetuas- y el 6 de abril haya renunciado para convertirse en funcionario del Ministerio del Interior, “es un atentado a la honorabilidad y a la caballerosidad”.
Por su parte, Alberto Espinoza observa que “desde el punto de vista ético se puede señalar que ha violado un principio básico, como es la objetividad. Resulta difícil pensar que un fiscal que de la noche a la mañana deja el Ministerio Público para transformarse en funcionario de una de las partes querellantes, haya actuado con objetividad en el desarrollo de la investigación. Uno puede presumir que su actuación está influida por los criterios políticos del Ministerio del Interior. Además, el Ministerio Público se define constitucionalmente como un organismo autónomo y jerarquizado, y esa autonomía aparece debilitada por los contactos que tiene el fiscal nacional con el ministro del Interior”.
Ley “terrorista”
Debido a las irregularidades que permite la Ley Antiterrorista, monseñor Alfonso Baeza declaró que debería llamarse derechamente “ley terrorista”. De hecho, bajo su amparo se cometen muchas arbitrariedades y abusos, como se ha comprobado repetidas veces en los procesos contra comuneros mapuches.
En el “caso bombas”, el abogado Román destaca que bastaron dos días de audiencia de preparación del juicio oral para que la rimbombante acusación -que aparecía con 6.744 evidencias, 221 delitos y 791 testigos- quedara reducida casi a la mitad. “El mismo juez de garantía se refirió a la ‘ordinariez’ con que se habían copiado, cortado, pegado y repetido como 1.500 pruebas. Es impresentable. Una de las ‘pruebas’ que el Ministerio Público llevaría al estrado era una pistola plástica y otra, ¡el video de La Batalla de Chile , de Patricio Guzmán!”.
El uso de falsos testigos quedó al descubierto con la denuncia del ex miembro del Mapu Lautaro, Juan Linares Ulloa, a quien la PDI ofreció dinero para que se infiltrara en el entorno de los imputados con el objetivo de fabricar pruebas contra ellos. “Hemos detectado a supuestos testigos protegidos que irán al juicio solamente a señalar que en sus primeras declaraciones mintieron a cambio de ofertas que les hizo el Ministerio Público -de dinero en algunos casos y de beneficios intrapenitenciarios en otros-, que por lo demás no se cumplieron. Esto refrenda la tesis de esta defensa en cuanto a que hay un montaje, y una operación política que se intenta sostener sobre subterfugios que permite la Ley Antiterrorista”.
Una de las grandes tareas que se propuso la mesa de trabajo es lograr cambios en esta ley creada por la dictadura militar y preservada por los gobiernos de la Concertación. El abogado Alberto Espinoza recuerda que la Ley Antiterrorista ha sido objeto de serios cuestionamientos por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco de una denuncia que hicieron comuneros mapuches condenados por esa ley. “En su informe, la Comisión expresa claramente que el Estado chileno ha incurrido en una serie de violaciones a la Convención Interamericana de Derechos Humanos. En los aspectos procesales indica que se deben eliminar los testigos secretos, las intercepciones telefónicas, la extensión de la detención preventiva en forma indefinida y el hecho que a ésta sólo se le pueda poner término por acuerdo de la unanimidad de los ministros de una Corte de Apelaciones, en circunstancias que el resto de las personas pueden obtener su libertad por una simple mayoría de votos”.
En los aspectos sustantivos, una tarea pendiente que debe asumir el Estado es tipificar de manera adecuada el delito terrorista. “Actualmente está tipificado de una manera ambigua, que se presta a interpretaciones. Eso posibilita que se generen arbitrariedades. Es abusivo calificar de terroristas conductas que no tienen ese carácter, por la sola naturaleza de los medios que se utilizan o por la magnitud de los daños que provocan u otros aspectos por el estilo”, dice el abogado de derechos humanos Alberto Espinoza, y añade que en la actualidad no hay asociaciones ilícitas terroristas en Chile, ni se puede hablar de terrorismo. Y argumenta: “Chile está administrado por un sector de la sociedad que actúa con los mecanismos represivos suficientes y necesarios para mantener el orden. ¡Y así estamos: bien ordenaditos, bien interceptados telefónicamente, con cámaras de vigilancia por todos lados! Los señores que administran este país deben estar sumamente tranquilos: no hay nada semejante al terrorismo”
(Publicado en “Punto Final” edición Nº 733, 13 de mayo, 2011)
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