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La protección consular para los Chilenos en el Exterior

Según la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración, la asistencia y protección consular tiene un campo de acción limitado, que los ciudadanos chilenos deben conocer cuando viajan al exterior como turistas, como hombres de negocios o para visitar a familiares.

Dentro de este contexto, resulta de importancia y conveniencia que los chilenos que residen en el exterior se encuentren inscritos en el Consulado de Chile de la circunscripción correspondiente.

Para ello, basta presentarse en las oficinas de éste y solicitar ser matriculados en el Registro de Chilenos, demostrando su condición a través de los documentos probatorios de la nacionalidad chilena, tales como la cédula de identidad o pasaporte.

Algunas de las situaciones donde el consulado puede intervenir son pérdida o robo del pasaporte, dificultades financieras, arresto y encarcelamiento, enfermedad, accidente grave, fallecimiento y dificultades diversas (con autoridades o particulares).

Sin embargo, el consulado no podrá entregarle un pasaporte al momento ni repatriarlo con gasto del Estado. Tampoco podrá pagar sus gastos, adelantarle una suma de dinero o jugar el papel de agencia de viaje, sistema bancario o de compañía de seguros, entre otros.

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores

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